esde MORILLO FERNÁNDEZ ABOGADOS, prestamos asesoramiento para reclamar daños y perjuicios provocados por otras personas, empresas o la Administración, derivados de accidentes “no tráficos”, es decir, caídas en la calle debido al mal estado de esta, en comercios, daños realizados por animales, etc.
¿En qué casos de caídas se puede reclamar?
La existencia de un daño no implica “per se” el derecho a ser indemnizado, sino que, como es razonable, el titular de la vía pública o del establecimiento responderá únicamente por los daños derivados de una negligencia, imprudencia o mala señalización o mal estado de conservación de calles, edificios y establecimientos.
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