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Incapacidades laborales

Una de las características que define a MORILLO FERNÁNDEZ ABOGADOS es la de ofrecer a nuestros clientes un trato humano y cercano que se traduce en el estudio particular y detallado de cada caso teniendo en cuenta las circunstancias de cada cliente.

Sin duda, uno de los problemas fundamentales a los que se enfrenta una persona cuando padece una enfermedad o lesión es la repercusión en su actividad laboral.

La misión de MORILLO FERNÁNDEZ ABOGADOS es la de ayudar a nuestros clientes a obtener una prestación económica justa que compense su imposibilidad de seguir llevando a cabo una actividad laboral, así como una indemnización para el caso que haya un responsable de dicha enfermedad o lesión.

Somos un despacho especializado en la tramitación de expedientes de incapacidad permanente, contando con la dirección letrada de Dña. Nuria Morillo Fernández, presidencia de la Sociedad Asturiana de Derecho Sanitario y la colaboración de equipos de médicos y peritos especialistas de primer nivel nacional.

¿Qué es la incapacidad laboral?

Hay que distinguir entre incapacidad temporal (la que comúnmente denominamos baja laboral) y la incapacidad permanente.

La incapacidad laboral temporal es un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador esté impedido para trabajar y mientras recibe asistencia sanitaria. Esa imposibilidad de trabajar es, por definición, temporal y con un plazo máximo de duración. Después del tratamiento médico, debe poder reincorporarse a su trabajo con normalidad.

La incapacidad laboral permanente es aquella situación en la que un trabajador, después de haber sufrido un accidente laboral o no laboral, una negligencia médica o habérsele diagnosticado una enfermedad común o profesional, y haber seguido el tratamiento médico correspondiente, tiene secuelas previsiblemente definitivas que le impiden realizar su trabajo o que disminuyen su capacidad laboral.

 

¿Qué grados de incapacidad permanente existen?
Existen varios grados de incapacidad permanente que darán derecho a diferentes prestaciones:

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  • Incapacidad permanente en grado de gran invalidez
  • Incapacidad permanente en grado de absoluta
  • Incapacidad permanente en grado de total
  • Incapacidad permanente en grado de parcial:
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