La trabajadora, de 36 años, presentaba síndrome de intestino irritable e incontinencia fecal.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias dictó sentencia contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en relación a las prestaciones de Seguridad Social que había denegado a nuestra cliente al considerar que no existía invalidez permanente tras revisar nuevamente su situación.
La trabajadora, asistida por la letrada Nuria Morillo, interpuso demanda contra la Seguridad Social para que se anulara la resolución del INSS en la que se la declaraba como no incapacitada, solicitando la reposición de su situación de incapacidad permanente absoluta reconocida.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, concluye en la sentencia que “La comparación del cuadro que motivó la declaración de incapacidad permanente absoluta con el acreditado en la fecha de la revisión, no muestra diferencias de relieve en la patología. Persisten las dolencias previas, como resulta tras la revisión del relato fáctico” y es por ello, por lo que condena al INSS a reponer a la trabajadora en la situación de incapacidad permanente absoluta y a abonarle con carácter retroactivo todas las mensualidades dejadas de percibir desde que se dictó la resolución por el INSS declarada nula